Durante la reunión del Consejo de Ministros de Justicia y Asuntos de Interior mantenido en Luxemburgo el día 14 de abril, se trataron varios temas de relevancia entre los que podemos destacar el debate general mantenido a propósito de la propuesta de reglamento sobre el establecimiento de un proceso monitorio europeo. La finalidad de esta propuesta es la puesta en marcha de un sistema de reclamación más ágil de las deudas pecuniarias que sean exigibles en el momento de presentar la reclamación.

Durante la reunión del Consejo de Ministros de Justicia y Asuntos de Interior mantenido en Luxemburgo el día 14 de abril, se trataron varios temas de relevancia entre los que podemos destacar el debate general mantenido a propósito de la propuesta de reglamento sobre el establecimiento de un proceso monitorio europeo. La finalidad de esta propuesta es la puesta en marcha de un sistema de reclamación más ágil de las deudas pecuniarias que sean exigibles en el momento de presentar la reclamación.


Las posiciones de los Estados miembros respecto a esta normativa, se inclina mayoritariamente por limitar su vigencia a los litigios transfronterizos, de manera que quedarían excluidos de su ámbito de aplicación los litigios exclusivamente nacionales. Sobre las peculiaridades de iniciación del proceso monitorio, el Consejo especificó que será necesario, en primer lugar, que el demandante dé una descripción de, al menos, un medio de prueba en el que pueda basar su demanda, y, en segundo lugar, deberá adjuntar a la demanda las pruebas documentales con las que cuente (o en su defecto las copias de estos documentos), siempre que la presentación de estos documentos sea exigible por el país de origen de la deuda. Como consecuencia de la decisión que se tome por parte del juez encargado de tramitar la demanda, sería dictada una orden de pago europea, por medio de la que se informaría al deudor de la existencia de la deuda reclamada y de los derechos que le asisten de cara a su oposición a la misma. Según el acuerdo alcanzado por los ministros el plazo para oponerse a la demanda será de 1 mes. Pasado este plazo, el Estado de origen podrá dar fuerza ejecutiva la orden de pago. El acuerdo de los ministros establece que la orden de pago europea deberá ser una orden inmediatamente ejecutiva en todos los Estados miembros, sin necesidad de que exista un procedimiento intermedio. De este modo, no será necesaria la declaración, ni reconocimiento de ningún tipo para que la deuda resulte exigible, siempre que las garantías del procedimiento resulten suficientes.


La aprobación de la propuesta de reglamento presentada por la Comisión en 2004, está sometida al proceso de codecisión. El Parlamento está estudiando esta propuesta en primera lectura.


Además, el Consejo mantuvo un debate inicial sobre el intercambio de información entre Estados miembros en lo que respecta a los registros de antecedentes penales. En esta materia, los ministros decidieron hacer una diferenciación entre el trato que se dará a los nacionales  comunitarios, sobre los que se dispondrá de informaciones relativas a las condenas que hayan sufrido en el país de su nacionalidad, y el trato a los nacionales de terceros Estados, para los que se creará un registro independiente del anterior.



La Comisión realizó una presentación de sus propuestas financieras en materia de libertad, seguridad, y justicia, para el periodo 2007-2013. De manera más concreta la Comisión desea conseguir sus objetivos por medio de la puesta en marcha de tres marco que reemplazarán la multitud de instrumentos que existen en esta materia. El primero de estos programas marco, que busca la consecución de la idea de ciudadanía europea, es el denominado “Derechos Fundamentales y Justicia”. En cierto modo, la inclusión en la Constitución Europea de una Carta de Derechos Fundamentales implica la obligación de llevar a cabo la promoción activa y defensa de los mismos, por lo que la protección tanto de la integridad física como de la salud pública se encuentran afectados. El segundo de los programas presentados por la Comisión se centraría en las materias de solidaridad y gestión de los flujos migratorios, y estaría enfocado, entre otras cuestiones, a mejorar la eficacia de los controles de fronteras exteriores, a asegurar las condiciones de atención a las personas que reclamen protección internacional, y asegurar un retorno digno a las personas a las que se haya negado la concesión del estatuto de asilados o se encuentren en situación irregular en el territorio de un Estado miembro. Y, en tercer lugar, la Comisión presentó el programa marco sobre “Seguridad y protección de las libertades” mediante el cual se pretende conseguir la promoción y el desarrollo de la prevención de la criminalidad y la lucha contra este fenómeno, incluyendo en esta categoría el terrorismo, el tráfico de seres humanos y los delitos contra los niños, el tráfico de drogas, de armas la corrupción y el fraude. Igualmente, dentro de este tercer programa marco, la Comisión prevé conseguir objetivos en materia de protección de los ciudadanos y sus libertades, así como a la sociedad, en general, de ataques terroristas. El presupuesto propuesto por la Comisión en materia de justicia, libertad y seguridad es de 8.300 millones de euros (9.500 millones de euros si se tiene en cuenta la inflación). Estas cantidades suponen un incremento de más del 200% entre 2006 y 2013.


Por último, el Consejo adoptó unas conclusiones relativas al sistema de intercambio de información entre los responsables de las políticas de asilo e inmigración de los Estados miembros, y adoptó una resolución referente a la política de la UE contra la corrupción. Como último punto del Consejo se acordó que la sede de la Agencia europea de fronteras exteriores se establezca en Polonia. Está previsto que la primera reunión del Consejo de Administración de la Agencia tenga lugar a principios de mayo de 2005.