25/05/2020
Medidas para los transportes en relación con la COVID-19: el Consejo adopta medidas temporales de flexibilización de las licencias y los servicios portuarios
La UE va a adaptar determinadas normas para diferentes sectores de los transportes con el fin de ayudar a las empresas y las autoridades a hacer frente a las circunstancias extraordinarias creadas por la crisis del coronavirus. El Consejo ha adoptado unas medidas temporales que hacen posible la prórroga de la validez de determinados certificados y licencias de transporte por ferrocarril, carretera y acuático, y la flexibilización de las normas para el cobro de tasas a los buques por el uso de las infraestructuras portuarias.
Bruselas, 25 de mayo de 2020. El Reglamento que permite prorrogar la validez de los certificados y licencias será de ayuda para aquellos operadores de transporte, personas y administraciones nacionales que, debido a las restricciones del coronavirus, tengan dificultades para cumplir determinados trámites administrativos antes de la expiración de los plazos correspondientes. Se aplica, por ejemplo, a los permisos de conducción, a las inspecciones técnicas de vehículos de motor y a los títulos de patrón de embarcaciones.
También se aplazarán temporalmente determinados controles periódicos en los sectores de los transportes por carretera, ferrocarril, navegación interior y navegación marítima, ya que pueden ser irrealizables en las circunstancias actuales.
El texto tiene en cuenta que, dado que la pandemia se expande por Europa de manera desigual, algunos Estados miembros pueden seguir expidiendo licencias o certificados específicos, mientras que para otros es difícil o imposible hacerlo. Sin embargo, aún cuando un país siga expidiendo licencias, tendrá que aceptar las licencias procedentes de otro Estado miembro que haya recurrido a la posibilidad de prorrogar su validez. Esto contribuirá a garantizar el buen funcionamiento del mercado interior y la continuidad de las actividades transfronterizas.
La modificación del Reglamento relativo a los servicios portuarios contribuirá a la sostenibilidad financiera de los armadores en el contexto de la pandemia, al flexibilizar la norma en vigor que exige a los Estados miembros obligar a la percepción de una tasa por infraestructuras portuarias. La modificación ofrecerá a los puertos la posibilidad de retirar, suspender, reducir o aplazar en favor de los usuarios del puerto la percepción de aquellas tasas cuyo plazo se cumpla entre el 1 de marzo y el 30 de octubre de 2020.
La votación del Consejo sobre los dos Reglamentos se ha hecho recurriendo a un procedimiento escrito. La votación del Parlamento Europeo tuvo lugar el 15 de mayo de 2020.
Ambos actos jurídicos entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la UE, prevista para la semana próxima.